UNA REVISIóN DE L

Una revisión de l

1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la legislatura sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al empresario para la subsanación de las deficiencias observadas, excepto que por la recaída e inminencia de los riesgos procediese determinar la paralización prevista en el artícul

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